EFE / La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) concluye que la asignación de horarios para las compañías navieras en los puertos de Ibiza y la Savina para este verano, asignados por Autoridad Portuaria de Baleares (APB), respetan la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM).
La comisión ha emitido un informe en respuesta a la entidad Cruceros Playa Den Bossa, S.L. que ha alegado contra la resolución, entre otros motivos, porque considera que los puntos de atraque se han fijado de “forma totalmente opaca”, que se aplican criterios que persiguen la “planificación económica” del sector y que “no persiguen ninguna razón imperiosa de interés general», además de que “distorsionan la competencia”, y tienen una cláusula de arraigo territorial como es la “experiencia del operador” en la explotación de la línea.
En su informe, la comisión descarta la opacidad, porque la resolución “le fue accesible y no se aprecia, ni se alega, contravención de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”.
También señala que la Ordenanza portuaria por la que se rige la resolución para ordenar y asignar los atraques, responde a “la limitación de la capacidad infraestructural de ambos puertos y la alta demanda de servicios”, a la vez que busca una compatibilidad “racional” entre la operatividad y la seguridad.
El informe añade que la “alta densidad” de tráfico de buques y embarcaciones en estos puertos y sus inmediaciones, “especialmente en época estival”, unida a la limitación de la capacidad infraestructural, aconseja tomar en consideración factores como la “experiencia” que revelan una “especial pericia o idoneidad” en la actividad del puerto.
Aún así, señala que si bien se valora positivamente que las compañías hayan operado previamente, no se erige como “requisito para el acceso”, sino como un aspecto más que se suma a otras condiciones, por lo que no se convierte en barrera de entrada.
Además, descarta que la asignación de horarios persigan las planificación económica de las navieras al dar prioridad a los buques que utilicen los ‘slots’ y presten servicio a lo largo del año.
Para la comisión, esta prioridad no responde a valoraciones de necesidad o programación económica, sino a potenciar un uso racional de los puertos “a través de la continuidad de la explotación, frente a las distorsiones” que generan los cambios de compañías por temporada.
En conclusión, la CNMC no aprecia que la resolución de Autoridad Portuaria del 15 de mayo de 2024, por la que se asignan definitivamente las franjas horarias en los puertos de Ibiza y La Savina para esta temporada, contravenga la ley.
EFE
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