Periódicamente la Comisión Europea suele amonestarnos por nuestros incumplimientos de la Normativa Comunitaria.
La última vez que recuerde sucedió el pasado mes de diciembre, mediante el correspondiente Comunicado de Prensa, disponiendo una sanción económica de unos 200.000 euros aproximadamente, ante el T.J.U.E.- Tribunal de Justicia de la Unión Europea – por no haber introducido España en plazo la normativa sobre contratos y concesiones públicas.
En esta ocasión, aparenta ser algo más grave, ya que se nos advierte que se nos puede llevar ante dicho Tribunal, por no establecer y en algún caso, por no revisar los planes de gestión de residuos con anterioridad del 12.12.10 conforme a los requisitos de las normas comunitarias y evaluarlos cada seis años, todo ello, además de comunicado y notificado mediante la adopción o revisión sustancial de los correspondientes Planes de Gestión de Residuos.
Al parecer son cuatro CC.AA, las rezagadas : ARAGÓN; BALEARES; CANARIAS Y MADRID, más la CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA las que podrían encontrarse en mora de esta obligación.
Suele ser también exigente la UE. con los citados Planes de Gestión, ya que la Comisión ha instado repetidamente a España a cumplir con sus obligaciones, mediante carta de emplazamiento en noviembre 2016, seguida de un dictamen motivado en Julio de 2017.
España sigue manteniendo varios frentes abiertos en Bruselas, entre ellos, el no adoptar las medidas necesarias respecto a la totalidad de vertederos incontrolados en nuestro País, la mayoría de ellos en Castilla y León y Canarias.
Por otro lado, además, el tema del Carbón y algunos etc. más.
Pero que no cunda el pánico, pues es sabido que no siempre los Estados Miembros cumplen con lo establecido en las Directivas, al imperar otro principio comunitario: se ha dejado libertad a éstos para la regulación de efectos, cumplimiento y extinción.
Es decir, probablemente una especie de “buffet frío” al gusto.
Por Jesús Antonio Rodríguez Morilla,
Doctor en Derecho (Cum Laude)